PAQUETERÍA

ETIQUETA CARTA PORTE

Es una etiqueta autoadherible que contiene un documento jurídico de carácter declarativo que prueba la existencia de un contrato de transporte en su respaldo, posee las propiedades de una etiqueta blanca convencional, lo que permite su impresión al frente. La carta porte tiene muchas aplicaciones prácticas en el comercio, las cuales varían de acuerdo al medio de transporte que se utilice y el tipo de bien a transportar.

La carta porte, es un documento jurídico de carácter declarativo que prueba la existencia de un contrato de transporte, el cual informa acerca de los términos en que se produjo el acuerdo y atribuye derechos sobre la mercancía que se transporta. Además, puede llegar a ser exigible por parte de la Autoridad si se precisa hacer una comprobación, en sí, su función más conocida es como recibo de la mercancía por parte del transportista.

  • Identificar a detalle las mercancías para tener la certeza de qué se transporta y las rutas que sigue.
  • Conocer el origen y destino de las mercancías, para los casos de verificación aleatorios que permitan anticiparse a los riesgos o amenazas en el traslado.
  • Brindar información para establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas.
  • Contar con elementos que permitan verificar las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.
  • Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su legal estancia y/o tenencia durante su traslado.
  • Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

Es un documento emitido por la compañía de transporte, ya sea que se trate de una naviera, una línea aérea, una compañía de transporte por carretera o de ferrocarril. En cada uno de los casos viene de diversas formas, pero sus principales funciones con excepción de que sea un embarque negociable son:

  • Recibo de las mercancías, que evidencia la carga, despacho o entrega a disposición y que indica el estado general de los bienes recibidos.
  • Prueba del contrato de transporte entre el cargador y el porteador.
  • Factura de la compañía de transporte en concepto del importe correspondiente al servicio ofrecido.
  • Un documento negociable que puede intercambiarse por dinero, permitiendo que los bienes a que hace referencia se vendan durante el tránsito.
  • Documento constituyente de título que representa la propiedad de los bienes y que solo se dará a conocer por la compañía naviera contra la presentación de un documento original firmado.

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